Devolución de la paga extra de diciembre 2012

En la nómina del mes de diciembre de 2016 se ha incluido el concepto 7100-REC EXTRA DIC-2012, en el que se abona al personal de los Cuerpos al servicio la Administración de Justicia dependiente de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra la recuperación del 49,73% de la paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012, según lo dispuesto por Acuerdo del Gobierno de Navarra de 16 de noviembre de 2016.

De la misma forma, en la nómina del mes de marzo de 2015 se abonó la recuperación del 24,04% de la paga extraordinaria del mes de diciembre de 2012, según lo dispuesto por Acuerdo del Gobierno de Navarra de 18 de marzo de 2015, y en la de enero de 2016 la recuperación del 26,23%, según lo dispuesto por Acuerdo del Gobierno de Navarra de 23 de diciembre de 2015.

Al consultar los recibos de las nóminas de marzo de 2015 y enero y diciembre de 2016 se puede ver a través del botón «Recup.extra dic2012» el detalle de los conceptos incluidos en la recuperación de la paga extraordinaria de diciembre de 2012.

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Nota de prensa ante la moción de I-E para reducir las horas de Religión

 
Nota de prensa de la Plataforma Navarra Religión en la Escuela /Erlijio Eskolan Nafar Plataforma, ante la moción presentada esta semana en el Parlamento de Navarra por parte de Izquieda-Ezkerra, para que se reduzcan las horas asignadas a la asignatura Religión.

 

1.- La enseñanza religiosa escolar es un derecho de las familias recogido en nuestro ordenamiento jurídico, y en el de la mayoría de los estados europeos. Por lo tanto, no se trata de ningún privilegio dado a nadie en particular. Recordamos que en estos momentos, y en función de la demanda de las familias, en nuestro sistema educativo se puede impartir enseñanza religiosa escolar católica, musulmana, judía y protestante.

 

2.- El alumando y sus familias, pueden optar libremente por la enseñanza de Religión, o por la enseñanza de las asignaturas de Valores Culturales y Sociales en Primaria o Valores Éticos en Secundaria. Es decir, las familias en un acto libre, cada curso eligen qué quieren que estudien su hijos e hijas.

 

3.- Constatamos que la presencia de la asignatura de Religión está totalmente normalizada en los diferentes centros educativos de Navarra, es más, el profesorado que imparte esta asignatura participa con total normalidad en la dinámica de los mismos, le han afectado del mismo modo, e incluso más, los recortes educativos, el aumento de la ratio, etc.

 

4.- La propuesta que hace Izquierda-Ezkerra, pretende rebajar la calidad educativa en estas asignaturas, al dejarlas al mínmo previsto en la LOMCE, una ley por cierto rechazada, pero que se pretende aplicar con rigor en este caso concreto, y que va a llevar además a una incertidumbre laboral al profesorado que la imparte. Profesorado, no sólo de Religión, también esta medida de llevarse a efecto, afectará de rebote al profesorado, en bastantes casos interino, que imparte las asignaturas de Valores.

 

5.- Pero sin duda, el fondo del asunto está en que este partido político hace su propuesta basándose en razones ideológicas, que respetamos, pero que no son para nada pedagógicas, ni respetuosas con la voluntad de las miles de familias que optan por la enseñanza religiosa, también en los centros públicos, a la que parece tratar de ignorantes por su «equivocada» opción, y que reduce, de momento al mínimo, el estudio de valores para el resto del alumnado, y todo ello para solucionar un problema que no existe.

 

6.- Apelamos al sentido común, al respeto a las familias en su opción libre por una enseñanza religiosa escolar de calidad, a la estabilidad laboral del profesorado que imparte esta asignatura y a no abrir otro foco de conflicto más en el departamento de Educación.

 

Pamplona/Iruña 12/11/2016
 
 
PLATAFORMA NAVARRA RELIGIÓN EN LA ESCUELA – ERLIJIOA ESKOLAN NAFAR PLATAFORMA
Número en el Registro de Asociaciones de la Comunidad Foral de Navarra: 7.436
C/ Leyre, 13-3º. Dcha. 31003 Pamplona

El profesorado de Religión no es de usar y tirar

La Federación de Enseñanza de USO acaba de lanzar una campaña en defensa de los derechos laborales del profesorado de Religión. El cartel denuncia que el profesorado de Religión no es “un profesor de usar tirar”. Este profesorado imparte una asignatura demandada por las familias y como profesor que es, debe tener unas condiciones laborales dignas. No estamos hablando, pues, de un trabajador de segunda. El Manifiesto contiene las principales ideas de FEUSO en relación con la situación laboral del Profesorado de Religión.

Leer más.

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Valoración definitiva de méritos de la oposición de maestros/as

Maestros/as – Concurso-oposición y adquisición de nuevas especialidades 2016

Procedimiento selectivo para cubrir 200 plazas correspondientes al Cuerpo de Maestros en el ámbito de gestión de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra y el procedimiento para que el personal funcionario de carrera del citado Cuerpo pueda adquirir nuevas especialidades.

Resolución 574/2016, de 3 de marzo, por la que se nombra al Tribunal Coordinador de los procedimientos selectivos.

Resolución 747/2016, de 29 de marzo, por la que se nombra a los miembros de la Comisión de Valoración de méritos.

Resolución 964/2016, de 20 de abril, por la que se aprueban las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos de conformidad con lo siguiente:

 Procedimiento de ingreso:

 Procedimiento de adquisición de nuevas especialidades:

Plazo de reclamaciones: del 21 de abril al 2 de mayo, ambos inclusive.

Resolución 1184/2016, de 12 de mayo, por la que se nombran los miembros de los Tribunales.

Resolución 1189/2016, de 13 de mayo, por la que se corrige el error advertido en el anexo de la Resolución 1184/2016, de 12 de mayo.

Resolución 1277/2016, de 23 de mayo, por la que se aprueban las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos de conformidad con lo siguiente:

Procedimiento de ingreso:

Procedimiento de adquisición de nuevas especialidades:

 Acta de resolución de reclamaciones

Resolución 1339/2016, de 26 de mayo, por la que se designa a los miembros del Tribunal encargado de la valoración de la prueba de conocimiento de castellano.

Resolución 1340/2016, de 26 de mayo, por la que se convoca a los aspirantes admitidos al acto de presentación y a laprimera prueba:

  • Anexo I: Acto de presentación de los procedimientos de ingreso libre y reserva de discapacidad.
  • Anexo II: 1ª prueba (partes A y B) de los procedimientos de ingreso libre y reserva de discapacidad.
  • Anexo III: Acto de presentación del procedimiento de adquisición de nuevas especialidades.

Resolución 1409/2016, de 1 de junio, por la que se ejecuta la Orden Foral 73E/2016, de 27 de mayo, del Consejero de Educación.

BAREMO PROVISIONAL DE MÉRITOS.

Resolución 1425/2016, de 2 de junio, por la que se aprueba la valoración provisional de méritos correspondientes a la fase del concurso.

Anexo: Relación provisional de méritos por orden alfabético /por orden de puntuación.

Acta de subsanación de méritos

Servicios aportados de oficio

Plazo de reclamaciones y/o subsanación: del 3 al 14 de junio, ambos inclusive.

Notas aclaratorias sobre la valoración provisional de méritos.

DISTRIBUCIÓN DE ASPIRANTES Y LUGARES PARA LA REALIZACIÓN DE LAS PRUEBAS

Ingreso libre y reserva de discapacidad (se informa que los aspirantes convocados a la primera prueba en el IES Plaza de la Cruz de Pamplona realizarán las dos partes de la misma en la Segunda Planta del Instituto)

Adquisición de nuevas especialidades

Resolución 1503/2016, de 8 de junio, por la que se excluye del procedimiento selectivo de ingreso por no haber superado la prueba de conocimiento de castellano.

PROCEDIMIENTO DE ADQUISICIÓN DE NUEVAS ESPECIALIDADES

LLAMAMIENTOS:

Educación Física, en euskera

Pedagogía Terapéutica, en euskera

Pedagogía Terapéutica, en castellano

Audición y Lenguaje, en euskera

CALIFICACIONES:

Educación Física, en euskera: Provisional / Definitiva (Acta de resolución de reclamaciones)

Pedagogía Terapéutica, en castellano: Provisional -Plazo de reclamaciones: del 28 al 29 de junio, ambos inclusive.

Audición y Lenguaje, en euskera: Provisional – Plazo de reclamaciones: del 29 al 30 de junio, ambos inclusive.

Pedagogía Terapéutica, en euskera: Provisional – Plazo de reclamaciones: del 5 al 6 de julio, ambos inclusive.

BAREMO DEFINITIVO DE MÉRITOS.

Resolución 1769/2016, de 4 de julio, por la que se aprueba la valoración definitiva de méritos correspondientes a la fase del concurso.

Anexo: Relación provisional de méritos por orden alfabético / por orden de puntuación (únicamente figuran los aspirantes que han acudido al acto de presentación de la fase de oposición)

Acta de resolución de reclamaciones y subsanaciones

Nota informativa: Las Sedes de los Tribunales son el IES «NAVARRO VILLOSLADA» de Pamplona para los Tribunales de CASTELLANO y el IES «BIURDANA» de Pamplona para los de EUSKERA.

PLAZOS DE RECLAMACIONES frente a las calificaciones provisionales.

APLICACIÓN WEB DE OPOSICIONES: Pulse aquí para consultar los llamamientos y las calificaciones realizadas por los Tribunales