EL Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes aprueba el nuevo Convenio de Formación Permanente de FEUSO para cuatro años

El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (MEFPD) ha renovado el Convenio de Formación Permanente del Profesorado que tiene con la Federación de Enseñanza de USO (ver BOE 19 de 22 de enero de 2024). Fruto de este Convenio, FEUSO ha elaborado un Plan de Formación para el primer semestre del año 2024 que también ha recibido la aprobación ministerial. El primero de los cursos que ya ha lanzado, reconocido por el MEFPD, es el siguiente: Trastornos de la conducta y del aprendizaje”, que comienza el 20 de febrero.

Uno de los objetivos prioritarios de este Plan de Formación de FEUSO es proporcionar herramientas para mejorar las condiciones de trabajo del profesorado, sus expectativas profesionales, su formación y por añadidura la calidad del sistema educativo.

El Plan de Formación está dirigido a los afiliados, delegados y simpatizantes de FEUSO con el fin de favorecer la reflexión metodológica y la adquisición de nuevas metodologías que le permitan mejorar su trabajo docente y adaptarlo, como es el caso actual, a las potencialidades de las nuevas tecnologías.

Estos cursos, on line, están reconocidos oficialmente como formación permanente del profesorado por el INTEF (Instituto Nacional de Tecnologías Educativas y de Formación del Profesorado), dependiente del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (MEFPD) y son gratuitos para las personas afiliadas a FEUSO. Están dirigidos al profesorado en activo de la enseñanza pública (también al profesorado de Religión), privada y concertada de todas las etapas educativas, excepto universidades.

El Plan de Formación para el primer semestre del año 2024 incluye una serie de cursos que se han pensado y diseñado teniendo en cuenta las actuales necesidades formativas del profesorado. Con estos objetivos, FEUSO ha diseñado el primero de los cursos que ya ha lanzado: “Trastornos de la conducta y del aprendizaje”, que se inicia el 20 de febrero.

Más información e inscripciones: VER AQUÍ.

Nuevos descuentos especiales de UNIR para los afiliados a USO

Al final de este escrito, puedes consultar la nueva Tabla de Descuentos en la Convocatoria de Primavera de 2024 para los afiliados a FEUSO que deseen estudiar en esta Universidad. En las nuevas Tablas, aparecen los descuentos para las Primeras Matrículas y para las Segundas Matrículas. En algunos casos, estos descuentos pueden llegar hasta el 35% en la matriculación de los cursos de cualificación, grados, posgrados, másteres y títulos propios que organiza esta universidad online con la que FEUSO viene colaborando desde hace años.

Los objetivos de UNIR son hacer posible el acceso a los estudios universitarios a cualquier persona que con la formación previa adecuada quiera hacerlo, y eliminar completamente las barreras de distancia, horarios, lugar, culturales y sociales, que lo impidan. La metodología de UNIR es flexible y compatible con los horarios de trabajo de sus alumnos. Por eso, las clases son desde casa, sin horario, 100% online.

Podrán acceder a estos descuentos en cursos de cualificación, grados, posgrados, másteres y títulos propios, los afiliados y afiliadas que cuenten con un mínimo de 6 meses de antigüedad.

Estos descuentos no son acumulables a otros descuentos existentes, salvo si en el momento de la matriculación existiera un descuento comercial mayor, que se aplicaría un 5% adicional al mismo.

Conoce la oferta académica de UNIR en http://www.unir.net o infórmate en el tf.: 941209743.

En las sedes de USO de las Comunidades Autónomas te informarán sobre las condiciones de este Acuerdo.

Más información: Tabla de Descuentos para los afiliados a FEUSO de Primeras y Segundas Matrículas.

Así queda la jubilación 2024nº 1100

Tal y como recoge la Ley 27/2011, de 1 de agosto (puede consultarse en este enlace del Boletín Oficial del Estado), en 2024 la nueva edad de jubilación ordinaria sube dos meses respecto a la de 2023, situándose en 66 años y 6 meses cuando se cuente con menos de 38 años cotizados. Sin embargo, en caso de disponer de 38 o más años cotizados, será posible jubilarse con 65 años.

En consecuencia, por estar vinculada a la anterior, también se retrasará la edad mínima para acceder a la jubilación anticipada. Es posible acceder a la jubilación anticipada voluntaria hasta 24 meses (2 años) antes de la edad legal ordinaria.

Para acceder a la jubilación anticipada voluntaria en 2024 será necesario haber cumplido los 64 años y 6 meses, en el caso de disponer de menos de 38 años de cotización. En caso de acumular 38 años o más de cotización, será posible acceder a la jubilación anticipada voluntaria a partir de los 63 años.

Es posible acceder a la jubilación anticipada involuntaria o forzosa hasta 48 meses (4 años) antes de la edad ordinaria.

En este año 2024 será posible acceder a la jubilación anticipada involuntaria o forzosa a partir de los 62 años y 6 meses si se dispone de menos de 38 años cotizados, o bien a partir de los 61 años si se acumulan 38 años o más de cotizaciones.

Edad de jubilación parcial (con contrato de relevo) en 2024

La edad mínima para acceder a la jubilación parcial con contrato de relevo en el año 2024 se retrasará y será de 64 años en el caso de disponer de 33 años o más cotizados, o bien 62 años y 6 meses en caso de disponer 36 años o más cotizados en el momento de acceso. La edad de jubilación parcial sin contrato de relevo será la misma que la edad legal de jubilación ordinaria.

Tipo de jubilaciónPeriodos cotizadosEdad de jubilación
Ordinaria38 años s o más65 años
Menos de 38 años66 años y 4 meses
Parcial36 años o más62 años y 6 meses
33 años64 años
Anticipada voluntaria38 años o más63 años
Menos de 38 años66 años y 4 meses
Anticipada involuntaria38 años o más61 años
Menos de 38 años62 años y 6 meses

SUBIDA DE LAS PENSIONES 2024

Las pensiones contributivas se revalorizan un 3,8% este año 2024. La subida es efectiva desde el 1 de enero y es con carácter general para las pensiones del sistema.

Este aumento del 3,8% para 2024 es el resultado del índice de precios de consumo (IPC) medio entre diciembre de 2022 y noviembre de 2023, según la fórmula establecida en la Ley 21/2021 de garantía del poder adquisitivo de las pensiones. De esta manera, se da cumplimiento a la recomendación 2ª del Pacto de Toledo, garantizando el poder adquisitivo de los pensionistas en base a la evolución del IPC.

Con esta subida, el aumento de la pensión media de jubilación es de 734 euros al año, o 52 euros al mes. La pensión media del sistema, de 1.200 euros, aumentará 638 euros al año, que suponen 46 euros al mes. Las pensiones no contributivas suben entre un 6,9 y un 14%

Las pensiones mínimas y las no contributivas aumentarán un porcentaje aún mayor, en base a lo establecido en el Real Decreto Ley 2/2023. Concretamente, subirán en 2024 un 6,9%, en tanto que la pensión mínima de viudedad con cargas familiares se incrementará un 14%.

FEUSO reclama un complemento para el Coordinador de Bienestar de los centros educativos

Desde la Federación de Enseñanza de USO consideramos imprescindible que se apruebe un complemento para la nueva figura del Coordinador de Bienestar de todos los centros sostenidos con fondos públicos. Además, reclamamos que debe recibir la formación necesaria para una labor de tanta responsabilidad y se le deben asignar unas horas para poder ejercer de manera conveniente esta tarea.

  1. Responsabilidad adicional: La función del Coordinador de Bienestar, aprobada en la Ley de Protección Integral de la Infancia y Adolescencia, implica una gran responsabilidad para aquellos docentes que asuman esta labor, ya que están a cargo de problemas serios y acuciantes que a día de hoy se dan con mucha frecuencia en los centros educativos y que tienen que ver con casos de bullying, violencia, acoso y la salud mental y física de los estudiantes. Esta responsabilidad adicional debe ser compensada.
  2. Tiempo extra: La coordinación de Bienestar requiere tiempo adicional fuera del horario escolar normal para atender situaciones de emergencia o para planificar y ejecutar programas. Pocas Comunidades Autónomas han regulado convenientemente esta figura, aportando medios económicos para su eficaz puesta en marcha (como en su momento se hizo con el Coordinador del Covid). En la actualidad, los docentes que asumen esta tarea tienen que hacerla compatible con la ya larga lista de responsabilidades que los docentes tienen que llevar a cabo en su trabajo diario. Esto provoca un exceso de tareas que, sumadas a la creciente burocratización de muchas otras obligaciones, hacen que los docentes resten tiempo a su trabajo docente y a la atención del alumnado con más necesidades educativas.
  3. Formación especializada: Los Coordinadores de Bienestar a menudo necesitan formación especializada en áreas como la salud mental, la resolución de conflictos, el acoso escolar y la diversidad. Esta formación adicional debería ser reconocida y compensada. Salvo excepciones, poco se ha hecho en esta dirección en las Comunidades Autónomas.
  4. Impacto a largo plazo: El trabajo de un Coordinador de Bienestar puede tener un impacto significativo en la vida de los estudiantes a largo plazo y en toda la comunidad educativa. Este impacto positivo debería ser valorado y recompensado.

Tras la aprobación por el Pleno del Observatorio Estatal de la Convivencia Escolar de la Guía “Coordinador o coordinadora de Bienestar y Protección en la Comunidad Escolar”, en noviembre de 2022, en cumplimiento de la Ley de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (LOPIVI), desde FEUSO reconocemos que ha habido pocos avances, aunque algunas Comunidades Autónomas han comenzado a desarrollar tímidamente su normativa. Al final, como nos temíamos, las tareas de este Coordinador han ido a parar a los docentes elegidos sin que haya habido ni una formación específica para desempeñar su puesto, ni unas horas concretas para poder dedicarse a esta tarea, ni tampoco ningún complemento salarial que valore este trabajo.

Para FEUSO, el profesorado está ya muy cansado y agobiado de la constante acumulación de tareas que tienen que realizar, que le alejan de su verdadera ocupación: la atención personalizada del alumnado. Por ello, entre otras medidas, reclamamos que disminuyan drásticamente las tareas y funciones burocráticas que afectan al profesorado y que, en concreto, el puesto del Coordinador de Bienestar reciba un complemento para desarrollar su trabajo. Es de justicia.